
En las últimas horas ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 113/2023, de 21 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas. El nuevo texto suprime los límites de edad para el acceso por promoción, con y sin titulación previa, a las escalas de oficiales y suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina para los miembros de las Fuerzas Armadas.
Según reza el texto del nuevo Real Decreto 309/2021, con esta modificación se pretende dar un nuevo y decidido impulso al contenido de los artículos 57 y 62 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, ampliando al máximo y garantizando las expectativas de participación en los procesos de promoción del personal de las Fuerzas Armadas, y de forma especial, el personal de las escalas de suboficiales y de tropa y marinería.
Se trataría pues, según se explica en el documento, de ampliar sustancialmente las posibilidades de promoción de dicho personal, conjugando el cumplimiento de sus cometidos con los objetivos individuales de progresión profesional, buscando, al mismo tiempo, incentivar la dedicación y el esfuerzo profesional. La experiencia y especialización adquirida por este personal en ámbitos concretos constituirá un activo para la organización.
El impulso de la promoción obedece, asimismo, a criterios de eficacia en la acción de las Fuerzas Armadas, aprovechando al máximo la capacidad y competencia adquirida por la experiencia y el prestigio de nuestro personal, dentro de unas plantillas de efectivos ajustadas a las misiones que requiere la Defensa Nacional.
Esta modificación está alineada con el Dictamen de la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, de 21 de febrero de 2018, por el que se instaba al Gobierno a regular la promoción profesional de la forma que más aproveche el talento de las personas más preparadas e incremente la satisfacción profesional de quienes persiguen progresar, así como con el Dictamen de dicha Comisión de Defensa, de 27 de septiembre de 2018, relativo al régimen profesional del personal militar de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas, de flexibilizar las limitaciones de edad para la promoción.
Por otro lado, con la eliminación de los límites de edad para el ingreso por promoción de suboficiales y militares de tropa y marinería, se favorece el ingreso en los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, tanto en la escala de oficiales como en la de suboficiales, con y sin exigencia de titulación, así como la incorporación de personal militar de complemento, al cuerpo y, en su caso, escala al que están adscritos, o a una escala distinta dentro del mismo cuerpo. Esta medida se suma a la eliminación de límites de edad, ya en vigor, para el acceso a los cuerpos comunes, intendencia e ingenieros de los Ejércitos y la Armada.
Por tanto, con la entrada en vigor de este real decreto se aumentan significativamente las probabilidades de progresión profesional, al suprimir la edad máxima para promocionar en las Fuerzas Armadas de suboficiales y de militares de tropa y marinería, incrementándose con ello las oportunidades para concurrir en los procesos de promoción en todos los cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas.
Dicho lo anterior, y a pesar de que a priori la medida tomada parece lógica y positiva, está por ver qué efectos pueda tener sobre la Carrera Militar o la proporción entre Militares Profesionales de Tropa y Marinería (MPTM), suboficiales y oficiales, entre otros aspectos.
Lo venderán como quieran pero ha sido por presiones legales.
Dicho esto, creo que es una buena noticia en general pero en algunos casos no tendrá mucho sentido, como que en unidades operativas lleguen sargentos egresados con avanzada edad.